Programa Escuelas de Excelencia para Abatir el Rezago Educativo (PEEARE)

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Información del  Programa Escuelas de Excelencia para Abatir el Rezago Educativo (PEEARE).

 

Introducción

El Programa de Escuelas de Excelencia para Abatir el Rezago Educativo (PEEARE) tiene por objetivo principal disminuir el rezago en las condiciones físicas de las escuelas públicas de educación básica y fortalecer la autonomía de gestión, para mejorar la prestación del servicio educativo con calidad y equidad.

Los recursos que se distribuyen al Estado de Michoacán y a las demás entidades están basados en el Índice de Carencias por Escuela (ICE) que mide y expresa numéricamente la intensidad de las carencias básicas en los servicios, la infraestructura y el equipamiento básicos en una escuela, de acuerdo con los resultados del CEMABE y se basa en las siguientes variables:

  • Tipo de construcción del inmueble.
  • Material del inmueble.
  • Disponibilidad de agua.
  • Disponibilidad de baño, letrina u hoyo negro.
  • Equipamiento básico de aula.

 

Los programas estatales y federales buscan equidad, así como igualdad de condiciones para todos en el acceso a la educación. Es por esto que se dará prioridad a las escuelas con mayor Índice de Carencias por Escuela, de este modo el Programa beneficiará a las escuelas que se encuentre en los índices de ‘alto’ o ‘muy alto’ rezago.

El presente manual está destinado a los directores de las escuelas, así como a los todos los docentes y consejos de participación social y tiene por objetivo dar a conocer los alcances del programa así como la manera en la que se han de aplicar los recursos, siguiendo siempre los lineamientos de operación.

Para participar en el programa, las escuelas deberán entregar a la Autoridad Educativa Local una carta compromiso.

 

La aplicación de los recursos

El PEEARE maneja tres Componentes financieros. El Componente 1 está destinado para la atención de las carencias físicas de las escuelas. Este recurso irá directo al plantel educativo y será destinado a los siguientes rubros:

a) Construcción, remodelación o habilitación de espacios educativos: Construcción de nuevas aulas, muros de la escuela, mantenimiento o reparación de espacios.

b)Infraestructura hidro-sanitaria: construcción de baños, contratación de servicios de agua potable y alcantarillado, así como cualquier acción necesaria para proveer servicios sanitarios de calidad.

c) Equipamiento básico del aula: Pizarrones o pintarrones, butacas, silla para el maestro, mesa para el maestro, etc.

 

Los recursos del Componente 1 se dividen en dos tipos de acciones:

1)Acciones que implican modificación de la estructura del inmueble.

2)Acciones que no implican modificación de la estructura del inmueble.

Para el ejercicio correcto del Componente 1, las escuelas contarán con la asistencia técnica, en particular para la remodelación o construcción de nuevos espacios (acciones que implican modificación de la estructura del inmueble) se contará con el apoyo del Instituto Estatal de Infraestructura Física Educativa.

 

 

Por ejemplo, del monto asignado para una escuela regular de 101 a 300 alumnos ($588,320) podrá utilizarse un máximo de $352,992 para construir nuevas aulas o baños y el resto del dinero se utilizaría en remodelación o equipamiento básico del escuela (pintura, impermeabilizante, butacas, pizarrones, etc.). Si la escuela no requiere nuevos espacios o si se usa menos de los $352,992 en los espacios que se construyen, entonces el resto del dinero podría utilizarse en acciones que no implique modificación a la estructura del inmueble.

Una escuela regular con un total de 1 a 25 alumnos podría decidir en qué utiliza el recurso asignado de acuerdo a su Ruta de Mejora, pudiendo utilizar una parte del apoyo para modificar las instalaciones o bien la totalidad del apoyo. Pero por ejemplo, una escuela regular de 501 alumnos o más no podrá utilizar más de $356,591 en acciones que impliquen la modificación de la estructura del inmueble y la cantidad mínima que se asignaría a acciones que no impliquen modificación de la estructura del inmueble sería de $472,691 (estas acciones podrían incluir remodelación o rehabilitación pero no construcción de nuevos espacios).

Cabe aclarar que los recursos de este componente serán asignados por inmueble y en las escuelas que compartan el mismo inmueble no se les asignarían dobles recursos. En esos casos se asignará el monto base correspondiente a la escuela con mayor matrícula y las decisiones de cómo aplicar el recurso serían en conjunto, coordinadamente mediante la firma de un convenio; respetando siempre las proporciones señaladas en la tabla. Por ejemplo, si dos escuelas comparten instalaciones y en una escuela hay una matrícula de 70 estudiantes y en la otra una matrícula de 120, entonces se asignaría un recurso de $588,320 (el correspondiente para una escuela de entre 101 y 300 estudiantes).

Para las escuelas que prestan servicios a la población migrante, los apoyos podrán destinarse a la adquisición y mantenimiento de aulas móviles.

 

El Componente 2 también será un recurso directo al plantel y será destinado para apoyar a la autonomía de gestión escolar y promover la toma de decisiones a través de su Ruta de Mejora. Este recurso será exclusivamente para acciones que generen condiciones propicias para el aprendizaje y así disminuir los factores escolares asociados a la producción de rezago educativo: condiciones insuficientes en materiales, equipamiento, curriculares, metodológicas; prácticas pedagógicas, liderazgo directivo y supervisión escolar, ambiente escolar y de articulación que no favorecen que los estudiantes permanezcan y concluyan su educación básica en el tiempo formalmente establecido. Los recursos de este Componente podrán aplicarse en los siguientes rubros:

a) Desarrollo y fortalecimiento de las cuatro prioridades educativas del Sistema Básico de Mejora Educativa (SBME): lectura, escritura y matemáticas; prevención del abandono escolar, normalidad mínima escolar y convivencia pacífica en la escuela.

b)Desarrollo y fortalecimiento de las capacidades de la comunidad escolar para ejercer corresponsablemente la autonomía de la gestión escolar.

c) Contratación de servicios ………..FALTA

d)Adecuación y mantenimiento de espacios escolares distintos a los del Componente 1.

e) Equipamiento de las escuelas en aspectos distintos a los del Componente 1.(esperar precisión de la SEP)

 

Los recursos de este componente serán de acuerdo al número de estudiantes de cada escuela, el monto mínimo será de $50,000 y estará definido por la SEP. El máximo que se podrá gastar para los incisos d) y e) será del 40% del monto asignado; así por ejemplo, para una escuela que reciba $50,000 en este componente, podrá utilizar un mínimo de $30,000 en los incisos a), b) y c) y un máximo de $20,000 en los incisos d) y e), de acuerdo a su Ruta de Mejora.

Cabe señalar que los recursos del Componente 2 sólo serán para escuelas que presten servicio regular (en este componente no participan escuelas temporales como las pertenecientes al PRONNIM).

Los recursos de los Componentes 1 y 2 serán entregados a través de la SEP federal de manera directa, oportuna y transparente. Estos recursos serán recibidos y ejercidos con pleno conocimiento del Consejo Escolar de Participación Social en la Educación (CEPS: Órgano colegiado constituido por padres de familia, maestros, directivos de la escuela, alumnos y ex-alumnos, así como miembros de la comunidad interesados en el desarrollo de la propia escuela, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley General de Educación). El ejercicio de estos recursos debe ser conforme a los Lineamientos de Operación del PEEARE (publicados en el diario oficial de la federación el 18 de junio de 2014). La carga administrativa tratará de limitarse a lo más indispensable, cuidando siempre la transparencia e informando a la comunidad de los montos  de los apoyos que recibe la escuela, para que pueda participar en la decisión de cómo utilizar dichos recursos.

 

El Componente 3 se destinará para apoyar a las supervisiones escolares y estos serán administrados por la Autoridad Educativa Local, con apego en las leyes de transparencia y legislaciones aplicables.

Los recursos se podrán aplicar en dos conceptos globales: 1) Atender las necesidades de infraestructura y equipamiento de los espacios de trabajo, considerando las condiciones que se señalan en el componente uno; y 2) Fortalecer la atención a las escuelas con un mejor servicio de apoyo, asesoría y acompañamiento, la trasferencia de recursos será administrada a través de una cuenta estatal.

 

Distribución y transparencia en los recursos.

No podrán destinarse ni aplicarse recursos para pago de prestaciones económicas, compensaciones, sueldos, sobresueldos de empleados que trabajen en el sistema educativo estatal.

Se deberán cumplir con los objetivos y metas establecidas en la Ruta de Mejora. Si los recursos que se destinen a las escuelas no se aplicaron totalmente al cierre del ciclo escolar, serán recuperados automáticamente por el fideicomiso nacional para su reprogramación.

Al ser participantes del Programa deberán proporcionar información trimestralmente a la SEE por parte de las escuelas, a través de la supervisión escolar, sobre el avance de las obras y de las metas planteadas en la Ruta de Mejora. Se debe considerar que la aplicación de recursos debe ser en apego a la Normalidad Mínima de Operación Escolar.

Informar a la comunidad escolar acerca de los compromisos que se asumen, así como  los beneficios y los montos específicos que recibirán en cada componente del programa, la planeación y el ejercicio de los recursos. Se deberá entregar a la coordinación del PEEARE el acuse de recibo en cada recurso entregado.

Constituir y favorecer el funcionamiento de los CEPS (acuerdo 76). El CTE dará  a conocer a los CEPS la planeación de la ruta de mejora.

Revisar en los indicadores de alerta temprana para detectar alumnos en riesgo de rezago o abandono escolar.

Validar el proyecto técnico de la obra en materia de infraestructura y equipamiento con apoyo de los CEPS y mantener la documentación en un expediente interno. Se deberá resguardar por cinco años la documentación original, que compruebe la ejecución transparente de los recursos del Programa e informar a la comunidad escolar y a la coordinación Estatal.

 

Jorge Ramos Sánchez

Coordinador

Teléfono: 3-08-58-01

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